• El sitio, diseño y construcciones en los establecimientos de cultivo, deben seguir los principios de buenas prácticas, apropiadas para cada especie que se quiera cultivar.
• El medio ambiente físico deberá ser monitoreado con respecto a las temperaturas, corrientes y profundidades, debido a que diferentes especies poseen diferentes requerimientos ambientales.
• Los cultivos deberán localizarse en áreas donde el riesgo de contaminación por factores químicos, físicos o microbiológicos sea mínimo y donde si existieran fuentes de contaminación, éstas pudieran controlarse.
• El suelo para la construcción de estanques excavados en la tierra no deberá contener concentración alguna de químicos y otras sustancias (pesticidas, etc.) que evidencien la presencia de niveles no aceptables de contaminación en los organismos.
• Los estanques deberán poseer separadamente una entrada y salida de agua y las descargas deberán volcarse a un canal donde el agua de abastecimiento y la de efluente no se mezclen
• En los desagües deberán colocarse mallas para prevención de la entrada de especies no deseadas
.
• Los fertilizantes, el material de cal y otros sustancias químicas , así como el material biológico, deberá utilizarse de acuerdo con las buenas prácticas de acuicultura.
• Todos los sitios deberán operar en una forma medio-ambiental aceptable, que no impacte la salud humana.
AGUA DE LOS ESTANQUES DE CULTIVO:
• El agua en que se cultiven los organismos, deberá ser óptima para la producción de los productos finales, que deberán ser sanos para el consumo humano. • Los establecimientos no deben estar instalados donde exista riesgo de contaminación por el agua en que los organismos serán cultivados. • Deberá adoptarse un apropiado diseño y construcción de los establecimientos para asegurar el control de posibles sucesos negativos y prevención de la contaminación del agua.
FUENTE DE SEMILLA Y JUVENILES:
• El abastecimiento de “semilla” (post-larvas, larvas, alevinos y juveniles) deberá ser realizado de tal forma que se evite el traslado de potenciales agentes peligrosos, productores de enfermedades o parasitismos, en las poblaciones destinadas al cultivo.
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